Estimado comerciante, continuación encontrará información para su proceso de evaluación y contestación de querella ante el DACO. Sin embargo, si lo prefiere puede separar una orientación presionando el siguiente botón:
Un comerciante ante DACO es una persona natural o jurídica que realiza transacciones comerciales con consumidores.
El DACO supervisa a los comerciantes para controlar la inflación, defender los derechos del consumidor, educar sobre derechos y deberes, y regular los precios de artículos esenciales.
Obligaciones y Responsabilidades del Comerciante
Todo comerciante debe entregar un recibo al consumidor por cualquier compra o transacción realizada.
Es obligatorio exhibir rótulos sobre anuncios engañosos y políticas de devolución con dimensiones de 8½" x 11" en los puntos de venta.
Los artículos deben estar marcados con sus precios de venta, con requisitos específicos según el volumen de ventas del establecimiento.
No pueden exponerse para la venta artículos expirados.
Deben cumplirse las especificaciones de empaque correspondientes según el tipo de producto.
Es necesario exhibir un rótulo sobre el derecho a inspección visual del consumidor con dimensiones de 15" x 18".
Productos específicos como los cárnicos requieren rotulación adecuada especificando su procedencia.
Las balanzas e instrumentos de medición deben mantener visible el sello de DACO.
Establecimientos especializados como farmacias deben exhibir un rótulo indicando la disponibilidad del listado de medicamentos controlados.
Las gasolineras deben mostrar visiblemente los precios de combustible y contar con bomba de aire para uso de los conductores.
En el área de vehículos de motor, un comerciante podría poseer legitimación activa para presentar una querella ante DACO, a menos que adquiera el automóvil para propósitos de reventa.
En contratos de venta condicional, el vendedor retiene un título formal de propiedad hasta que el bien se haya pagado en su totalidad.
Todo vendedor tiene una serie de obligaciones dispuestas en el Artículo 1287 del Código Civil de 2020, incluyendo la entrega inmediata del bien libre de gravámenes, la transferencia del dominio, la garantía de las cualidades prometidas y la ausencia de defectos, la entrega de documentos de dominio, la provisión de información sobre el objeto vendido, el otorgamiento de escrituras, y el pago de gastos de entrega.
Todo vendedor de vehículos de motor nuevos deberá notificar por escrito si el automóvil fue objeto de cualquier reparación cosmética, mecánica estructural, inundaciones o cualquier otra reparación que pueda afectar la carrocería o mecánica del vehículo nuevo.
En casos de vehículos de motor usados, el vendedor estará obligado a notificarle por escrito al comprador si el vehículo ha sido usado como taxi, para transporte público, vehículo de servicio, de alquiler, de demostración o con cualquier otra finalidad que conlleve un uso irregular o excesivo.
También deberá informar si el automóvil ha sido impactado y posteriormente reparado. No advertir al consumidor sobre esto puede llevar a la nulidad del contrato por dolo.
Los corredores y vendedores de bienes raíces deben poseer una licencia expedida por la Junta de Corredores, Vendedores y Empresas de Bienes Raíces. La Ley para Reglamentar el Negocio de Bienes Raíces establece diversas prohibiciones para estos profesionales, incluyendo actuar sin consentimiento de todas las partes, retener documentos o dinero indebidamente, ofrecer propiedades sin consentimiento del dueño, no informar adecuadamente, y discriminar.
Las personas que se dediquen al negocio de reparación de bienes muebles no podrán cobrar por concepto del estimado cuando el bien mueble no tenga reparación, y deben notificar al dueño de la condición del bien y ponerlo en su posesión a la brevedad posible.
Los comerciantes están generalmente sujetos a obligaciones contractuales con los consumidores, y la interpretación de estos contratos no debe favorecer al vendedor que los redactó, sino al consumidor.
En contratos de adhesión, las cláusulas se interpretan en sentido desfavorable a la persona que las redacta (generalmente el comerciante) y en favor del consumidor. Ciertas cláusulas en contratos de adhesión se consideran abusivas y nulas.
Marco Normativo Aplicable al Comerciante
El comerciante está sujeto a diversas regulaciones administradas por DACO.
Entre las leyes principales se encuentran la Ley de Pesas y Medidas, Ley de Agencias de Cobro, Ley de Garantías de Vehículos de Motor, Ley para Reglamentar Áreas de Estacionamiento, Ley de la Industria de la Gasolina y Ley para Reglamentar el Negocio de Bienes Raíces.
Los reglamentos clave incluyen el Reglamento de Procedimientos Adjudicativos (8034), Reglamento de Prácticas Comerciales (9158), Reglamento para la Imposición de Multas Administrativas (9377), Reglamento de Registro de Contratista (8172), Reglamento de Calidad y Seguridad (7319), Reglamento de Garantía de Vehículos de Motor (7159), entre otros.
La Ley Habilitadora del Departamento de Asuntos del Consumidor prohíbe todo acto, práctica, anuncio o publicidad que constituya o tienda a constituir fraude o engaño. Esto se desarrolla en el Reglamento de Prácticas Comerciales.
Procedimientos ante Querellas Presentadas
Cuando un consumidor presenta una querella, el comerciante enfrenta un proceso administrativo que puede convertirse en un litigio cuasi-judicial.
En este contexto, es fundamental contar con asesoría legal especializada desde el inicio del proceso.
El comerciante debe mantener un expediente completo de documentación relevante y conocer a profundidad las normativas aplicables a su tipo de comercio.
Es esencial responder oportunamente a todas las notificaciones dentro de los plazos establecidos y prepararse adecuadamente para las vistas administrativas.
El querellado deberá contestar la querella en el término de veinte (20) días a partir de su debida notificación. En la notificación se le advertirá que se le anotará la rebeldía de no recibirse la contestación.
El querellado puede presentar una oferta de transacción en cualquier momento de los procedimientos, sin que esto paralice los mismos. De llegarse a una transacción, deberá constar por escrito con sus términos y notificarse a todas las partes, incluyendo al Departamento.
Si el comerciante es debidamente citado y no comparece a cualquier etapa de los procedimientos adjudicativos o no cumple con las órdenes, el funcionario que presida podrá declararlo en rebeldía y continuar el procedimiento sin su participación.
El Departamento podrá citar a las partes a una reunión de mediación o conciliación para lograr un acuerdo.
Si se emite una orden o resolución en contra del comerciante, podrá solicitar su reconsideración conforme a la Regla 29 del Reglamento de Procedimientos Adjudicativos, y posteriormente solicitar la revisión judicial de la misma.
El comerciante que incumpla con una orden o resolución será citado a vista mediante una Orden para Mostrar Causa por la cual no se le deba imponer una multa.
El nombre y otra información de comerciantes que no hayan cumplido con lo ordenado podrán ser enviados a las agencias de información de crédito (credit bureau).
Procedimientos ante Multas Presentadas
El proceso para la imposición de multas administrativas del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) se inicia cuando la agencia detecta posibles infracciones a través de investigaciones propias o quejas de consumidores.
DACO puede conducir inspecciones presenciales o virtuales, evaluar documentación y revisar prácticas comerciales para determinar si existe una violación a las leyes o reglamentos bajo su jurisdicción.
La agencia puede emitir inicialmente Avisos de Orientación (señalando posibles violaciones) o Avisos de Infracción (confirmando violaciones detectadas).
Posteriormente, DACO emite una Notificación de Multa Administrativa que debe incluir información completa del comercio infractor, descripción detallada de la violación, base legal y cuantía impuesta.
Una vez notificado, el comerciante dispone de veinte (20) días para responder, ya sea allanándose a la multa y efectuando el pago, o solicitando formalmente una vista administrativa para impugnar las alegaciones.
Si el comerciante no responde dentro de este plazo, se expone a que DACO emita una Resolución Sumaria en su contra sin más oportunidad de defensa.
Para la vista administrativa, que funciona de manera similar a un juicio, DACO debe notificar la fecha con al menos quince (15) días de antelación. En esta vista, presidida por un juez administrativo, el comerciante puede presentar evidencia y argumentos legales en su defensa.
Las multas por infracciones graves tienen un mínimo de $5,000, mientras que las multas por infracciones detectadas en visitas rutinarias escalan: $1,000 para una primera infracción, $2,000 para una segunda, y $4,000 para una tercera.
Al determinar la cuantía, DACO considera factores como la gravedad de la infracción, duración del incumplimiento, historial de reincidencia y el impacto disuasivo necesario.
El Reglamento contempla opciones de mitigación, permitiendo a DACO reducir la multa hasta un 50% mediante acuerdos de transacción. Los pequeños negocios pueden invocar las protecciones de la Ley 454-2000 de Flexibilidad Administrativa.
Adicionalmente, se consideran circunstancias atenuantes que pueden reducir la cuantía en un 25%, como la corrección rápida de la violación (en menos de 15 días) y la ausencia de historial de infracciones similares.
Este procedimiento administrativo tiene carácter cuasi-judicial, por lo que tanto comerciantes como consumidores deben abordarlo con seriedad, considerando todas sus implicaciones legales y plazos establecidos.
Derechos y Protecciones del Comerciante
El comerciante tiene derecho a ser notificado de la querella presentada en su contra y a tener la oportunidad de contestarla.
El comerciante tiene derecho a comparecer a la vista administrativa, ya sea por derecho propio (si es persona natural) o representado por abogado (si es persona natural o jurídica).
El comerciante tiene derecho a presentar prueba en su defensa durante la vista administrativa.
El comerciante tiene derecho a objetar el Informe de Investigación presentado por el Departamento dentro de un plazo de quince (15) días.
El comerciante tiene derecho a solicitar la reconsideración de una orden o resolución adversa.
El comerciante tiene derecho a solicitar la revisión judicial de una orden o resolución final y firme.
En casos de querellas frívolas o maliciosas, el Departamento podría imponer sanciones a la parte querellante.